Fuentes del Ministerio de Industria recuerdan que esta obligatoriedad está recogida en la Directiva Europea y la trasposición total debería aprobarse a lo largo de 2016.
El Consejo General de Administradores de Fincas publicó con fecha 8 de marzo una nota de prensa pidiendo una aclaración definitiva sobre la medición individual de los consumos de calefacción en Comunidades de vecinos.
El Gobierno en funciones ha aprobado el 13 de febrero, el Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone parcialmente la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la eficiencia energética, sin que se haya incluido la obligación de contar con sistemas de medición individual de consumo en las calefacciones centrales. El Ministerio de Industria prevé que a lo largo del año se complete la trasposición de la Directiva.
Los Administradores de Fincas Colegiados consideran que si se va a establecer la obligación de instalar contadores individuales en los edificios con servicios de calefacción centralizados se debe hacer ahora, ya que es ésta la época en la que se toman los acuerdos en las comunidades.
Además hay que tener en cuenta que en el Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, se establecen las sanciones para el supuesto de no instalar los contadores de calefacción -Artículo 80.2.C-. que se establecen en multas entre 1001 € y 10000 € para este caso (artículo 82-1-b, página 93 del Real Decreto)
Artículo 80. Infracciones en materia de auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos, promoción de la eficiencia del suministro de energía y contabilización de consumos energéticos.
…
2. Constituyen infracciones graves en materia de auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos, promoción de la eficiencia del suministro de energía y contabilización de consumos energéticos las siguientes:
…
c) No cumplir con la obligación de instalar contadores de consumo (de calor, frío y/o agua caliente sanitaria) individuales o soluciones alternativas siempre que sea económica y/o técnicamente viable.
Adjuntamos la nota de prensa del Consejo General de Administradores de Fincas y el Decreto Ley donde se establecen las sanciones.
- Nota de prensa del Consejo General de Administradores de Fincas (PDF)
- Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio (PDF)